Norma 10. Alturas máximas en vialidades en función de la superficie del predio y restricciones de construcción al fondo y laterales

Normas de Ordenación Generales de la Ciudad de México (SEDUVI)

Esta norma es aplicable únicamente en las zonas y vialidades que señale el Programa Delegacional de Desarrollo Urbano correspondiente.

Todos los proyectos en que se aplique esta norma, deberán incrementar el espacio para estacionamiento de visitantes en un mínimo de 20% respecto a lo que establece el Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal y sus Normas Técnicas Complementarias.

Para predios con superficies a partir de 1,000 m2 , y con un frente mínimo de 15 m, la altura, número de niveles y separaciones laterales se sujetarán a lo que indica el siguiente cuadro:
SUPERFICIE DEL PREDIO M2 NO. DE NIVELES MÁXIMOS RESTRICCIONES MÍNIMAS LATERALES (M) ÁREA LIBRE %
1,000-1,500 11 3.0 30
1,501-2,000 13 3.0 30
2,001-2,500 15 3.0 30
2,501-3,000 17 3.5 35
3,001-4,000 19 3.5 35
4,001-EN ADELANTE 22 3.5 50
Las restricciones en las colindancias se determinarán conforme a lo que establece la Norma número 7. En todo el frente del predio se deberá dejar una franja libre al interior del alineamiento, a partir de la sección que para cada vialidad determine el Programa Delegacional respectivo. Dicha franja podrá ser utilizada solamente para la entrada y salida de personas y vehículos al predio, su mantenimiento y control será responsabilidad del propietario. Sobre esta franja no se podrá construir, cubrir ni instalar estructuras fijas y/o desmontables, con excepción de las que se utilicen para delimitar el predio.

Todas las maniobras necesarias para estacionamiento y circulación de vehículos, ascenso y descenso de pasajeros, carga y descarga de mercancías y operación de todos los vehículos de servicio o suministro relacionadas con las actividades que implique la utilización del predio, deberán realizare a partir del límite interior del predio.

Cuando los proyectos contemplen construir pisos para estacionamiento, circulaciones y vestíbulos arriba del nivel de banqueta, podrán incrementar su superficie de desplante hasta en 30% del área libre y hasta una altura de 10 m sobre el nivel de banqueta. Estos pisos cuantifican en el número de niveles permitidos por la presente norma.

A partir de los 10 m ó 4 niveles de altura, las construcciones a que se refiere el párrafo anterior deberán respetar el porcentaje de área libre y el manejo de 4 fachadas señaladas en el cuadro.

Los proyectos deberán sujetarse a lo establecido en la Norma número 4.

Consulta la fuente de esta norma

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Fuente:
Gobierno del Distrito Federal. (8 de Abril de 2005). SEDUVI- CDMX. Obtenido de Decreto por el que se Reforman, Adicionan y Derogan las Normas Generales de Ordenación, para Formar Parte de la Ley de Desarrollo Urbano y del Programa General de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, Articulo 3: http://www.data.seduvi.cdmx.gob.mx/portal/docs/normas/2005abr08_GODF.pdf

Listado de normas aplicables a proyectos relacionados a la construcción en Ciudad de México

Norma 1. Coeficiente de Ocupación del Suelo (COS) y Coeficiente de Utilización del Suelo (CUS)
Norma 2. Terrenos con Pendiente Natural en suelo urbano
Norma 3. Fusión de 2 o más predios cuando uno de ellos se ubica en zonificación habitacional
Norma 4. Área libre de ocupación y recarga de aguas pluviales al subsuelo
Norma 5. Área construible en zonificación denominada Espacios Abiertos (EA)
Norma 6. Área en zonificación denominada Áreas de Valor Ambiental (AV)
Norma 7. Alturas de edificación y restricciones en la colindancia posterior del predio
Norma 8. Instalaciones permitidas por encima del número de niveles
Norma 9. Subdivisión de predios
Norma 10. Alturas máximas en vialidades en función de la superficie del predio y restricciones de construcción al fondo y laterales
Norma 11. Cálculo del número de viviendas permitidas e intensidad de construcción con aplicación de literales
Norma 12. Sistema de transferencia de potencialidad de desarrollo urbano
Norma 13. Locales con uso distinto al habitacional en zonificación Habitacional (H)
Norma 14. Usos de suelo dentro de los conjuntos habitacionales
Norma 15. Zonas federales y derechos de vía
Norma 16. Predios con dos o más zonificaciones cuando una de ellas sea área de Valor Ambiental (VA) o Espacio Abierto (EA)
Norma 17. Vía pública y estacionamientos subterráneos
Norma 18. Ampliación de construcciones existentes
Norma 19. Estudio de impacto urbano
Norma 20. Suelo de conservación
Norma 21. Barrancas
Norma 26. Norma para impulsar y facilitar la construcción de vivienda de interés social y popular en suelo urbano
Norma 27. Requerimientos para la captación de aguas pluviales y descarga de aguas residuales
Norma 28. Zonas y usos de riesgo
Norma 29. Mejoramiento de las condiciones de equidad y competitividad para el abasto público

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